jueves, 6 de diciembre de 2012

Los Rurales de México 2/7


II.                   Los bandidos y la Ley Fuga.

Rurales por P. J. Monahan
The Land of the broken Promises
en Munsey´s Magazine 1914
Al restaurarse la república y durante la presidencia de Lerdo de Tejada, los rurales toman un nuevo impulso. Sus líderes, desarrollan, aunque por muy breve tiempo, el Boletín de la Policía Rural (1875), cuyo objetivo era “Dar a conocer en toda la extensión de la República la institución de la policía rural que ha establecido el supremo Gobierno, hacerla imitar en los estados federales, hacer palpable su inminencia y utilidad (…)[1] etc. Durante este período se tratan de reforzar los cuerpos de policía rural y se llevan a cabo originales trabajos estadísticos tocantes a la labor que éstos desempeñan.  En 1874“se detallaba que los cuerpos que componían la policía, estaban divididos en 42 destacamentos, los cuales custodiaban un superficie total de 3.324.330 hectáreas cuadradas y comprendía un total de 313.277 habitantes, describiéndose además las características topográficas de dicho territorio. En este espacio estaban comprendidas 7 ciudades, 6 villas, 145 pueblos, 1676 ranchos, 198 haciendas, 14 estaciones de ferrocarril. Además de esta información, se especificaban las aprehensiones realizadas por los cuerpos y el tipo de reos, esto es, si eran salteadores, plagiarios, desertores o revoltosos, como también se hacía mención a los efectos robados; por último se terminaba haciendo una breve mención de las actuaciones más sobresalientes de los cuerpos. (…) se daba cuenta también de las ejecuciones realizadas con acuerdo a la ley de salteadores y plagiarios, aunque según los datos de éstas no pasaron de dos”.[2]
Pero como siempre, no todo lo que brilla es oro. Estos cuerpos de policía eran objeto de crítica por parte de la opinión pública y la prensa principalmente durante aquel período, pero también en la época porfiriana. Además de la falta de educación que pudieran haber tenido y eso era lo de menos, estaban dos grandes manchas. La primera consistía en su origen. En la opinión de muchos, los rurales habían sido reclutados a partir de ex convictos y bandidos. Tanto la prensa nacional, como algunas referencias en publicaciones norteamericanas señalan la procedencia de estos rurales de entre los salteadores temerarios que antes asolaban los caminos y ahora se encontraban resguardándolos. Con la desventaja de que en cualquier momento podrían acordarse de su vida anterior y afloraran sus instintos primeros. El río sonaba y llevaba agua. Y aunque no todos los rurales procedían de entre bandoleros, al menos algunos sí.  “Incluso entre la clase de oficiales y comandantes figuraron personajes que tuvieron antecedentes de bandidos como Antonio Carvajal, Aureliano Rivera, León Ugalde, quienes tuvieron una actividad notoria en la guerra contra la Intervención, por lo cual fueron premiados al ocupar las planas mayores de los cuerpos rurales, sin olvidar también el reconocido bandido Abraham Plata, quien fuera amnistiado por Porfirio Díaz y recompensado por su participación en el movimiento revolucionario de 1876, llevándole a desempeñar la comandancia del Sexto Cuerpo desde 1878 hasta por lo menos el año de 1886”[3]
Rurales 1901 por John C. Hemment  
La segunda mancha era la reputación de aplicar la famosa Ley Fuga bajo circunstancias siempre sospechosas. La ley en sí consistiría en aplicar “las precauciones que sean eficaces para evitar la fuga”[4] de los reos.  Pero muchas veces resultaba que el medio era la ejecución por la espalda de los convictos que eran trasladados por los rurales u otras escoltas. Se habla de ejecuciones en descampado de reos amordazados a merced de sus captores. Esta distorsión en la interpretación de la ley no fue algo puesto de moda durante la época porfiriana. Ya desde 1850 se advierten en una ordenanza de guerra  los “deplorables abusos que pueden cometerse con los reos por los individuos encargados de custodiarlos”. En la misma se manda “que los jefes u oficiales de que se trata, y la fuerza que esté a sus órdenes, sean sometidos a un consejo de guerra (…) siempre que por cualquier causa se fugasen los presos que se les confíen, o sean estos heridos o muertos por la misma escolta…”[5]
Y la literatura abunda en la época, sobre el deber de garantizar los derechos de los reos y de castigar a la guardia abusiva que, coincidía ser la policía rural.
Una justificación (de 1911) a la famosa ley, y me parece a mí que muy cargada de ironía, paradójicamente proviene de un extranjero. Dice:
“Cuando los rurales son destinados a cazar bandidos, saben que deben capturarlos vivos o muertos. Cuando los bandidos se resisten a entregarse, los rurales generalmente encuentran más conveniente traer a los bandidos muertos. Esto ahorra problemas y alimentos. En todos estos aspectos, vuestro honesto rural, tiene un alto sentido de las economías de la vida. Los prisioneros son considerados un gasto innecesario. Si resulta que un prisionero es un excelente tirador y jinete y tiene suficiente sentido común para reformarse en un buen rural, mejor que mejor, pero, de lo contrario, es considerable impráctico gravar al gobierno con madera muerta.
Hay una ley práctica en México que se aplica en estos casos. Es llamada: la ley fuga. Por la cual es justificado que soldados y policías disparen a los prisioneros cuando intentan escapar. En México parecería que el instinto de libertad, es tan  poderoso, que pocos prisioneros pueden resistir a él, al menos pocos prisioneros bandidos. Casi invariablemente tratan de liberarse. Esto es tan notorio en México, que los prisioneros peligrosos en su camino a la cárcel, marchan siempre con los codos atados tras su espalda y con un extremo de una soga anudado al cuello, y el otro, atado a la cabeza de la montura del rural. Aún de noche, no son soltados de sus ataduras. Pero la mayoría de los bandidos suficientemente desafortunados para caer en las manos de los rurales, al menos así aparece en los reportes de los rurales, comenten el singular error de tratar de hacer una carrera por la libertad bajo los mismos cañones de las carabinas de sus captores. De tal manera que ellos mismos se disparan. Esto es lo que se dice cualquier relación en los reportes del oficial. No hay valentía en tal fiereza, ya que se ejerce sobre prisioneros indefensos, aún así, sería un error llamarlo cobardía”[6].
Rurales con los cuerpos de los insurrectos entre los que se encuentra Edw. Lawton (1º a la izquierda)
por Bain News Services  TheLibrary of Congress  Prints and Photographs online Catalog
Nuestro honesto rural ¿tenía un alto sentido de las economías de la vida? O como dice en otra parte de su artículo el mismo Emerson: “Cuando un delincuente agazapado al acecho te ha disparado y ha hecho lo posible por matarte a ti y a tus compañeros, es difícil, para un hijo de la naturaleza de mente sencilla, ver por qué tal persona, una vez atado por los talones, debe continuar viviendo lo mismo que una serpiente cascabel”[7]. 
Esta fue la batalla que debieron librar los legisladores mexicanos del siglo XIX para colocar en la balanza por un lado el libre albedrío y las garantías individuales y por el otro la paz social y el bien común.




[1] Boletín de la Policía Rural, Programa. Tomo 1, México Septiembre 16 de 1875 No. 1.Cit por VERJAN VASQUEZ, Yanceli, Policías Rurales y Suspensión de Garantías.Mecanismos de Coacción y Represión en el Proceso de Formación del EstadoMexicano: 1861-1896, Tesis de Maestría en Historia Universidad Autónoma Metropolitana México 2006 p. 230 
[2]  VERJAN VASQUEZ, Yanceli, Policías Rurales … op cit  p. 229
[3] VERJAN VASQUEZ, Yanceli, Policías Rurales … op cit  p. 234
[5] IBIDEM.
[6] EMERSON, Edwin, The Rurales of Mexico op.cit
[7] IBIDEM.

No hay comentarios:

Entradas populares